ELECCIONES PRESIDENCIALES
Abogado constitucionalista remarcó que “todos los actos del Poder Ejecutivo son susceptibles de control”

Tras las PASO y sus resultados, Radio UNNE dialogó con un especialista en derecho constitucional para analizar la situación en relación a algunos anuncios del candidato presidencial más votado.
Tras las PASO y sus resultados, Radio UNNE dialogó con un especialista en derecho constitucional para analizar la situación en relación a algunos anuncios del candidato presidencial más votado.

 

Con la victoria de Libertad Avanza en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) por 30 puntos, el candidato Javier Milei se posicionó como el más votado en 16 provincias argentinas. Algunas de sus controvertidas propuestas de gobierno abrieron debates en torno a la viabilidad constitucional de las mismas y el rol de las instituciones democráticas.

Radio UNNE dialogó con Mario Midón, doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de Córdoba y profesor titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Nordeste. Consideró que el candidato anunció un programa político con “significativos recortes en el Estado”, vinculado con cuestiones de naturaleza económica.

Según anunció Milei, de llegar a la presidencia mantendría solo los ministerios de Economía, Justicia, Interior, Seguridad, Defensa, Relaciones Exteriores e Infraestructura. La única nueva adición sería el Ministerio de Capital Humano, que abarcaría Salud, Desarrollo Social, Trabajo y Educación.

“Esto es perfectamente factible, técnicamente realizable, en la medida en que cada gobierno tiene derecho a definir cuántas y cuáles secretarías o ministerios tiene derecho a llevar. Es decir, eso no entra en el terreno de la institución política. Tienen que ver con los potenciales ajustes y quiénes son los ajustados”, consideró Midón.

Sin embargo, el abogado constitucionalista hizo eje en el análisis de la división de poderes y el rol del Congreso para poner en marcha modificaciones estructurales como modificaciones de las legislaciones laborales y regímenes jubilatorios, privatización de la salud o educación públicas que también se rigen por marcos normativos o el sistema tributario en Argentina.

“No basta con emitir un acto legislativo. Es necesario que ese acto legislativo sea expresamente aceptado por el Poder que en nuestro sistema tiene el atributo de hacer la ley, que es el Congreso”, expresó Midón y aclaró que incluso la emisión de un Decreto de Necesidad y Urgencia “debe conseguir el consenso o la aceptación del cuerpo legislativo”.

El Dr. Midón es profesor titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Nordeste.
El Dr. Midón es profesor titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Nordeste.

Por otro lado, el candidato presidencial de la Libertad Avanza anticipó que en caso de ser electo “haría un plebiscito” sobre la ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), expresando su posición “en contra del aborto”. Sin embargo, el Poder Ejecutivo no tiene la posibilidad por cuenta propia de realizar consultas populares vinculantes.

Midón precisó que la Carta Magna prohíbe hacer una consulta popular que implique modificaciones en el Código Penal. En el caso de la ley IVE, su aprobación y promulgación implicó la derogación de una práctica tipificada en el Código Penal, es decir, que el aborto dejó de ser considerado un delito.

Además, para realizar un plebiscito en nuestro país “el Congreso tiene que darle tratamiento a una iniciativa que diga que los ciudadanos van a ejercitar o van a someter a consideración del pueblo un proyecto de ley. El Congreso tiene que tener el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara para validarla y llevarla adelante”, insistió el doctor en Derecho.

El docente de la UNNE insistió en que “todos los actos del Poder Ejecutivo son susceptibles de control. No hay actos que pueden escaparle a la legalidad” y remarcó que los presidentes requieren del consenso del Congreso de la Nación para avanzar en sus proyectos de gestión, así como mantener un respeto irrestricto por la Carta Magna.

“Cualquier regla que contradiga la Constitución, que deniegue un derecho que ella establece o que contravenga las formas que ella misma dispone, es inconstitucional y así debe ser declarada por el Poder Judicial”, finalizó Midón.