En pos de un regreso cuidado a la presencialidad en la Universidad Nacional del Nordeste, se delinearon recomendaciones para la reincorporación gradual y progresiva de la comunidad universitaria a las actividades administrativas y académicas. Se avanzará con medidas que permitan prevenir y gestionar de manera adecuada los riesgos del COVID-19, y adoptar las medidas necesarias en caso de aparición de un caso sospechoso y/o confirmado de la enfermedad dentro de la institución.
Sobre los pilares de asistencia cuidada, promoción de la vacunación, uso de barbijo, ventilación, higiene y limpieza, y distancia; se aprobó la Resolución Nº 0354/22 y su Anexo I “Recomendaciones para el retorno a la presencialidad plena en la Universidad Nacional del Nordeste”. En el mismo se detallan las exigencias a partir de las cuales, las distintas unidades académicas y/o institutos de la UNNE, podrán definir criterios específicos que se adapten a las particularidades de las actividades que se realizan en las mismas.
Así, se dispusieron inicialmente medidas para el establecimiento. En cuanto al aforo, está permitida la utilización de las aulas y laboratorios teniendo en cuenta la capacidad con la que fue diseñada.
En pos del adecuado distanciamiento, se recomienda procurar “la máxima distancia posible entre personas”. Para ello, se propone evaluar el uso de salas de usos múltiples, patios u otros espacios que cuenten con ventilación adecuada y que puedan ser adaptados para el dictado de las clases. Además, los espacios de espera o donde se deba formar filas deberán estar debidamente demarcados.
En cuanto a la ventilación “se deberá garantizar la ventilación natural y cruzada permanente de las aulas y espacios comunes, mediante la apertura de puertas y ventanas para un adecuado recambio de aire”, señala el documento en el que también se remarca que “no está indicada la ventilación intermitente”.
En los casos en que se cuenta con sistemas centrales de ventilación, calefacción o aire acondicionado, cada Institución debe adecuar de acuerdo a sus instalaciones.
instalación. Recomiendan utilizar extractores o ventiladores que incrementen la velocidad de intercambio del aire interior-exterior con ventanas y/o puertas abiertas, y ubicar los ventiladores de manera tal que puedan provocar que el aire contaminado fluya y no queden sectores sin ventilación. “No se habilitará el uso de espacios cerrados que no puedan ser ventilados naturalmente”, se remarca en la resolución rectoral.
En línea con otro de los pilares de esta resolución, el uso de tapabocas, se dispone que “para el ingreso al edificio y la permanencia en los espacios cerrados compartidos, es obligatorio el uso de tapabocas que cubra boca, nariz y mentón”.
Se recuerda también que “se deberán establecer circuitos de entrada y salida asegurando que no haya aglomeraciones de personas y que se respete el mayor distanciamiento posible durante los desplazamientos. También se deberá disponer de elementos sanitizantes para que quienes ingresen puedan realizar la correcta higiene de manos.
Además, se plantea la importancia del uso de la señalética correspondiente, como herramienta comunicativa. Y si bien no será obligatorio el control de temperatura como requisito para el ingreso al establecimiento; se contempla que en caso de resultar necesaria la espera en forma externa a los edificios se limitará a la distancia de seguridad recomendada.
En cuanto a la higiene de manos, se sugiere la provisión de alcohol en gel o alcohol al 70 % en los pasillos y espacios comunes.
La limpieza y desinfección de los espacios, se recomienda hacerlo con hipoclorito de sodio, alcohol al 70 % u otra solución aprobada por el Ministerio de Salud. Se sugiere realizarlo de acuerdo a lo planificado por cada Institución, garantizando un espacio de tiempo entre las jornadas o turnos para el caso de los salones de clase.
Los sanitarios, se deberán mantener provistos adecuadamente con los elementos de higiene necesarios (jabón líquido, toallas de papel descartable, cestos, entre otros).
Los ascensores, “serán de uso preferente para personas con movilidad reducida”. Y en caso de uso, se deberá limitar a una persona por viaje y recomendar la higiene de manos antes y después de utilizarlo.
Comedores
El documento contempla también que al retomar la presencialidad, los y las estudiantes, trabajadores y trabajadoras pasarán varias horas en los distintos espacios de la Universidad, por lo que suelen consumir alimentos y bebidas. En ese sentido, se comunica a la comunidad educativa que “se debe evitar el uso compartido de mate o vasos, cubiertos u otros utensilios de cocina”.
Y teniendo en cuenta que la UNNE cuenta con 3 comedores (1 en Resistencia y 2 en Corrientes), al que asisten a diario cientos de estudiantes, docentes y no docentes; se recomienda que en el caso de asistir a comedores, se debe dar cumplimiento a los protocolos para el uso específico de estos espacios.
Dengue y vacunación
Tal como lo adelantó días atrás la rectora, Delfina Veiravé; la vacunación es uno de los principales ejes del regreso cuidado a la UNNE. A partir de lo resuelto por Consejo Superior el pasado 15 de febrero, se recomienda entonces “completar esquema de vacunación contra COVID-19”, teniendo en cuenta que un esquema de vacunación completo consiste en tener las 2 dosis iniciales y estar dentro de los cuatro meses de completado el esquema inicial o aplicada la dosis de refuerzo.
No obstante, se aclara en el documento, que “los riesgos de infección por Sars-CoV-2 en personas completamente vacunadas no pueden eliminarse por completo por lo que deberán sostenerse todas las medidas preventivas”.
En tanto y atento a otro aspecto de la realidad local, el documento de la UNNE contempla también la realidad local vinculada al Dengue. Se recomienda entonces el uso de espacios al aire libre y la colocación planificada y progresiva de telas mosquiteras en las aberturas para prevenir el ingreso de flebotomos.
El regreso para casos positivos de Covid-19
En la elaboración de estas recomendaciones, se trabajó también en las pautas para el regreso a las aulas de personas que sean casos positivos de Covid-19 y contactos estrechos en los ámbitos laborales.
“Los trabajadores y trabajadoras que hayan tenido diagnóstico de COVID-19 y que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”, señala el documento. En el caso de personas sin vacunación o con esquema incompleto, podrán reincorporarse una vez cumplidos los diez (10) días de la fecha de inicio de síntomas o desde la fecha del diagnóstico (para asintomáticos).
“Cuando se trate de casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de cuatro meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo) podrán regresar al trabajo luego de transcurridos siete (7) días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los tres (3) días posteriores de cuidados especiales”, aclara el texto.
Por otro lado, los contactos estrechos asintomáticos podrán continuar con sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo a las tres situaciones siguientes:
“En todos los casos, los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina”, señalan las autoridades universitarias.
Los contactos estrechos asintomáticos podrán continuar con sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo a las tres situaciones siguientes:
*Los contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con esquema incompleto o con más de cuatro (4) meses de la aplicación de la última dosis); quienes podrán regresar a sus actividades laborales a los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado.
* Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de dos (2) dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de cuatro (4) meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos noventa (90) días “podrán continuar con sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Deberán maximizar medidas preventivas y se sugiere la realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día. Luego deberán realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria”.
• Y los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de catorce (14) días de la última aplicación “podrán volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales. A su vez, deberán maximizar medidas preventivas y realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria”.
Se especifica también la forma de proceder en casos de aislamiento, por contacto estrecho en función de su estado de vacunación y actividad.
Quienes sean contactos estrechos de un caso de COVlD-19 y tengan aplicada la dosis de refuerzo desde hace más de 14 días y no presenten síntomas compatibles a la mencionada enfermedad, “serán eximidos de la realización de aislamiento obligatorio estricto, siempre que se cumplan con las medidas de cuidado de manera estricta (uso adecuado de barbijo, ambientes ventilados), se realice automonitoreo diario de síntomas y se evite concurrir a eventos sociales o masivos por 10 días”.
Las personas con esquema inicial completado dentro de los cuatro meses, o que hayan tenido COVlD-19 en los últimos 90 días, que no tengan síntomas y en función de la definición de personal prioritario de cada jurisdicción, “podrán disminuir el aislamiento estricto para los contactos estrechos asintomáticos siempre que realicen: un test diagnóstico entre el día tres y cinco; cuidados de manera estricta (usar barbijo en forma correcta y mantener ambientes ventilados); no concurrir a eventos sociales o masivos; y monitorear la aparición de síntomas diariamente”. Se mantiene además la indicación de cumplir 10 días de aislamiento para quienes sean contacto estrecho asintomático y no se hayan vacunado o tengan el esquema incompleto.
Cómo proceder en el aula
Según detalla el Anexo I de la Resolución Nº 0354/22, “se sospechará de un brote de COVlD-19 en el aula en presencia de al menos 3 casos confirmados entre alumnos/as de un mismo aula -o alumnos y docente para el caso de docentes permanentes-, asociados epidemiológicamente, en un periodo igual o inferior a 7 días.
“Se promoverá el estudio etiológico de los brotes (confirmar los primeros casos con pruebas de laboratorio y los casos asociados por nexo epidemiológico) para identificar el riesgo de transmisión”; y entonces “se notificará a los estudiantes y al personal relacionado al aula”.
Frente a sospechas de brotes, serán las autoridades educativas y sanitarias quienes tomen las decisiones, de acuerdo a los resultados de las investigaciones, el alcance y temporalidad de las medidas adoptadas.
La sospecha de brote en el aula “no implicará la interrupción de las clases”, se aclara en el documento. “La medida podrá ser evaluada como parte del control una vez que la autoridad sanitaria de la jurisdicción correspondiente haya analizado y determinado que las medidas correctivas específicas resultan insuficientes para interrumpir cadenas de transmisión en el aula”, concluye.