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El receso administrativo anual de Rectorado será del 15 de diciembre al 31 de enero de 2026

Por resolución Rectoral N° 8967/2025 se establecieron los términos del receso anual administrativo de verano que sucederá al final del ciclo lectivo del presente año. La norma detalla todas las previsiones inherentes al cierre del ejercicio y las licencias anuales del personal, entre otras cuestiones administrativas del funcionamiento del Rectorado, institutos y carreras dependientes. 

El rector de la Universidad Nacional del Nordeste, doctor Gerardo Omar Larroza, firmó la Resolución que definió el receso anual administrativo para el Rectorado e institutos y carreras dependientes de la Universidad Nacional del Nordeste, a desarrollarse desde el 15 de diciembre de 2025 al 31 de enero de 2026.

La medida fue rubricada a través de la Resolución N° 8967/2025, firmada por el Rector y la Secretaria General Administrativa, contadora Analía Falcón. Durante el periodo establecido se suspenderá el funcionamiento de las distintas oficinas de Mesa de Entradas y Salidas de los Institutos, así como el ingreso de todo tipo de trámite administrativo, con excepción de aquellas diligencias urgentes, cuya demora pudiera tornarlas ineficaces u originar perjuicios a terceros o a la Universidad.

De la misma manera, se suspenderán también los plazos administrativos durante la vigencia del receso anual administrativo, con excepción de los procedimientos de llamados de cargos dispuestos, atento a que los mismos se encuentran en trámite. Al mismo tiempo se dispone que entre el 2 y el 31 de enero de 2026 el Instituto Rectorado se mantendrá cerrado, sin ninguna actividad al público. 

entre el 2 y el 31 de enero de 2026 el Instituto Rectorado se mantendrá cerrado, sin ninguna actividad al público. 

De acuerdo a la Resolución N°8967/2025, el personal No Docente deberá hacer uso de su licencia anual ordinaria entre el 15 de diciembre de 2025 y el 11 de febrero de 2026 en función del tiempo que les corresponda a cada uno, según el Artículo 79º del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales.

Las autoridades de las distintas áreas deberán informar a la Dirección de Gestión en Personal del Instituto Rectorado o Área de Personal que corresponda el cronograma de uso de la licencia por parte del personal a su cargo.

Se autoriza al personal asignado a las tareas inherentes al cierre del ejercicio contable administrativo del año 2025 a continuar durante el receso anual administrativo hasta concluir con las tareas encomendadas. Dicho personal deberá gozar la licencia anual en su totalidad antes del 30 de abril de 2026.

Los agentes que cuenten con menor cantidad de días de licencia ordinaria en razón de su antigüedad que los días establecidos para el cierre del Rectorado, quedan autorizados a reintegrarse a sus funciones el día lunes 2 de febrero de 2026. 

La autorización no genera derecho alguno para los agentes, ni ante la situación de que el agente no pueda hacer uso de la licencia anual ordinaria en ese período (2 al 31 de enero de 2026) por razones de servicios o porque esté en uso de alguna otra licencia establecida en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales (Decreto Nº 366/2006); siendo que la decisión adoptada por este Artículo obedece a razones estrictamente operativas y de organización administrativa.

Los Institutos y Carreras Dependientes del Rectorado en los que por estrictas razones de servicios obliguen a la realización de actividades dentro del período fijado para el receso anual administrativo, deberán comunicar el cronograma de las mismas para su aprobación.