El receso anual administrativo para el Rectorado e Institutos y carreras dependientes de la Universidas Nacional del Nordeste, se extenderá desde el 15 de diciembre de 2023 al 31 de enero de 2024.
La medida fue tomada a través de la Resolución N° 4056/2023, firmada por el Rector, Dr. Gerardo Omar Larroza, y la Secretaria General Académica, Cra. Analía Falcón.
Durante el periodo mencionado se suspende el funcionamiento de las distintas oficinas de Mesa de Entradas y Salidas de dichos Institutos, como también el ingreso de todo tipo de trámite administrativo, con excepción de aquellas diligencias urgentes, cuya demora pudiera tornarlas ineficaces u originar perjuicios evidentes a terceros o a la Universidad.
Se suspenden también los plazos administrativos durante la vigencia del receso anual administrativo, con excepción de los procedimientos de llamados de cargos dispuestos, atento a que los mismos se encuentran en trámite.
Además, se dispone que entre el 2 y el 31 de enero de 2024 el Instituto Rectorado se mantendrá cerrado.
De acuerdo a la Resolución N°4056/2023, el personal No Docente deberá usufructuar su licencia anual ordinaria entre el 15 de diciembre de 2023 y el 11 de febrero de 2024 en función del término que les corresponda según el Artículo 79º del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales.
Las autoridades de las distintas áreas deberán informar a la Dirección de Gestión en Personal del Instituto Rectorado o Área de Personal que corresponda el cronograma de uso de la licencia por parte del personal a su cargo.
Se autoriza al personal asignado a las tareas inherentes al cierre del ejercicio contable administrativo del año 2023 a continuar durante el receso anual administrativo hasta concluir con las tareas encomendadas. Dicho personal deberá gozar la licencia anual en su totalidad antes del 30 de abril de 2024.
Los agentes que cuenten con menor cantidad de días de licencia ordinaria en razón de su antigüedad que los días establecidos para el cierre del Rectorado, quedan autorizados a reintegrarse a sus funciones el día 1 de febrero de 2024.
La presente autorización no genera derecho alguno para los agentes, ni ante la situación de que el agente no pueda hacer uso de la licencia anual ordinaria en ese período (2 al 31 de enero de 2024) por razones de servicios o porque esté en uso de alguna otra licencia establecida en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales (Decreto Nº 366/2006); siendo que la decisión adoptada por este Artículo obedece a razones estrictamente operativas y de organización administrativa.
Los Institutos y Carreras Dependientes del Rectorado en los que estrictas razones de servicios obliguen a la realización de actividades dentro del período fijado para el receso anual administrativo, deberán comunicar el cronograma de las mismas para su aprobación.